1. Documentación Obligatoria para Solicitar el IMV
Antes de iniciar el formulario de solicitud te recomendamos digitalizar (hacer fotos claras con el móvil o escanear a formato PDF) los siguientes documentos acreditativos de todos los miembros del hogar:
DNI o NIE en vigor
De todos los integrantes de la unidad de convivencia. Ambas caras.
Libro de Familia
O actas del Registro Civil para acreditar la relación de parentesco.
Certificado de Padrón
Histórico y colectivo que acredite la convivencia real de un año.
Declaración IRPF
O autorización firmada para cruzar datos fiscales con la AEAT.
Número de Cuenta
Certificado de titularidad bancaria (IBAN) del titular solicitante.
Vida Laboral
Informe actualizado emitido por la TGSS de los mayores de edad.
2. Paso a Paso: Cómo Solicitar el IMV Sin Certificado Digital
La Seguridad Social dispone de un portal específico para tramitar la prestación de forma directa, sin tener que acudir a una oficina y sin requerir DNI electrónico o Cl@ve PIN:
Acceder al Portal del INSS
Entra en la dirección oficial del trámite: imv.seg-social.es. Selecciona tu provincia de residencia e inicia el asistente interactivo haciendo clic en el botón "Simular y solicitar".
Validar la Identidad mediante Selfie
El portal te pedirá introducir tu correo electrónico y tu DNI/NIE. Deberás subir una foto nítida de tu rostro sosteniendo tu DNI al lado de tu cara para que el sistema valide tu identidad de forma segura.
Cumplimentar el Formulario
Rellena con precisión los campos relativos a los datos personales del titular, número de cuenta IBAN, e introduce la composición completa del hogar, detallando el parentesco e identificación de todos los miembros.
Adjuntar la Documentación y Confirmar
Sube las fotos o archivos de la documentación que preparaste en el paso 1. Una vez completado el proceso, firma la solicitud escribiendo tu nombre y el código de seguridad que recibirás en tu teléfono móvil. El sistema te dará un **código de seguimiento único**.
3. Seguimiento de la Solicitud y Estados del Trámite
Con el **código de referencia** obtenido tras el registro, puedes consultar en cualquier momento la evolución de tu expediente en el botón "Gestiona la solicitud presentada" de la misma web del INSS.
Los estados más comunes por los que pasará tu expediente son:
- En estudio: La solicitud ha sido registrada correctamente y está en cola de revisión por parte de los funcionarios de tu provincia.
- Pendiente de recibir documentación: El INSS ha detectado la falta de algún documento obligatorio. Recibirás un requerimiento por email y SMS y tendrás 10 días para aportarlo en el portal.
- Aprobada / Concedida: Se ha dictado resolución favorable. El INSS te ingresará el IMV con carácter retroactivo al primer día del mes siguiente a tu solicitud.
- Denegada: La solicitud ha sido rechazada por no cumplir requisitos (como ingresos excesivos, patrimonio o residencia).
4. Plazo de Resolución y Silencio Administrativo
La ley establece que el Instituto Nacional de la Seguridad Social dispone de un **plazo máximo de 6 meses** para tramitar y dictar una resolución formal sobre el Ingreso Mínimo Vital a partir de la fecha de presentación.
¿Qué ocurre si pasan los 6 meses sin respuesta? Opera el denominado silencio administrativo negativo, lo que significa que a efectos prácticos la solicitud se considera denegada por el transcurso del plazo. No obstante, el INSS está obligado legalmente a resolver de forma expresa la solicitud aunque pase este plazo, y en la mayoría de los casos los expedientes se aprueban con retraso abonando todos los **atrasos con carácter retroactivo** acumulados.